Análisis crítico de la educación universitaria y de la Ley de Educación Superior (LES) de Argentina

24.Abr.09    Apuntes para el debate
   

Convirtieron a la educación pública en una empresa de servicios ligada a los intereses más concentrados del capital. Creemos necesario reinstalar en la sociedad la premisa de que el acceso al conocimiento es uno de los derechos sociales fundamentales. La única salida que consideramos viable es la lucha, haciendo frente al gobierno de la universidad que es cómplice del gobierno nacional argentino. Proponemos la ANULACIÓN de la Ley de Educación Superior (LES) en el marco de una Universidad que esté al servicio de las necesidades del pueblo, de las grandes mayorías, las clases populares y oprimidas, que hoy son ampliamente excluidas.


Sería imposible e ingenuo tratar de comprender la complejidad del proceso de deterioro de la educación, y el análisis crítico de la Ley de Educación Superior (LES) sin enmarcarlo en el modelo aplicado en Latinoamérica en las últimas décadas del Siglo XX. Las consecuencias en el ámbito educativo no se entienden aisladamente, sino dentro de un plan estructural instalado como estrategia del capital imperialista, con el sustento necesario para su desarrollo de las burguesías locales, en los países periféricos y luego en los países capitalistas centrales. Con salvajes consecuencias que se sufren hasta hoy, particularmente en las clases oprimidas, ampliamente excluidas.
El modelo neoliberal de la década de los noventa en Argentina, significó la consolidación del modelo de valorización financiera iniciado por la Dictadura Militar de 1976, provocando un cambio en la valorización de capital que pasa del sector industrial al financiero, que enterará en crisis a fines del 2001.
Los años 80 finalizaron en un proceso hiperinflacionario, fue parte del contexto que favoreció el alejamiento anticipado del presidente Alfonsín del gobierno, en julio de 1989, dejando su lugar al presidente electo ese mismo año, Carlos Menem.
Ante la crisis la “solución” se buscó poniendo en práctica el modelo programado por el “Consenso de Washington”, impulsado por organismos internacionales para toda América Latina, que proponía la disminución de la intervención del Estado favoreciendo las inversiones y la ampliación del mercado, poniendo fin a al “modelo populista”. Es la aplicación de instrumentos de la política económica neoliberal para llevar adelante el objetivo de un sistema capitalista mundial basado en la libertad del mercado para operar. Es un diagnostico ideológico que se transformó en hegemónico en el trayecto que va entre la última dictadura militar y el comienzo de los 90, y que continúa enmascarado en las seudo-democracias actuales.
Este “modelo neoliberal” se implementa en el país a partir de la aplicación de reformas estructurales para lograr la estabilidad de la economía, reducir el déficit fiscal, contener la inflación, y achicar el aparato estatal para lograr un “mejor estado”. Con un acompañamiento constante del uso de la violencia extrema, para controlar el grado de conflicto social creciente propio de estas reformas.
Las normativas con las cuales el gobierno menemista inició el plan reestructurador fueron la Ley de Reforma del Estado(1989) que tiene como objetivo la reorientación del gasto público, a favor del poder económico más concentrado, estableciendo la suspensión de regímenes de promoción industrial y regional y a las exportaciones manufactureras nacional. Y la Ley de Emergencia Económica (1989), marcó las pautas para la implementación de un cruento proceso de privatizaciones de las empresas públicas.
Sería necesario explicitar las diferentes reformas que se llevaron a cabo, pero al no ser el objetivo central del análisis, solo tendremos en cuenta una de las medidas tomadas en relación más directa con el sistema educativo. En consecuencia, creemos que una de las reformas fundamentales implementadas entre 1988-1991, que a su vez consideramos que es una de las más representativas de ese período nefasto vivido en el pueblo argentino, fue el proceso de privatizaciones, que significó una gran transferencia de capital público al privado, para consolidar el dominio del capital local y extranjero altamente concentrado; se concesionaron, rutas, subterráneos y ferrocarriles. Ola de privatizaciones a la que la educación no fue ajena, sino que comienza a circunscribirse cada vez con mayor énfasis a esta tendencia. La mayor consecuencia de esta reforma fue la extranjerización de la economía y la centralización y concentración de capital.

En el área de Educación Superior, particularmente, se buscó el avance sobre la institución universitaria, con la intención de restringir al mínimo el aporte estatal a la Educación Superior y de acotar los márgenes de su autonomía, cristalizado en los contenidos de la Ley de Educación Superior impulsada por el Poder Ejecutivo y sancionada en 1995. Con enorme influencia de los organismos internacionales, como UNESCO, EL Banco Interamericano de Desarrollo y especialmente del Banco Mundial.

Mas allá de que la LES sea una contradicción en si misma, ya que el mero hecho de su sanción implica la regulación de las Universidades, violando de esta manera su autonomía, la cual es garantizada solo en un plano formal, aunque separada y desvinculada del ejercicio real del gobierno de las universidades nacionales.
Desmenuzando un poco más, nos encontramos con que en el primer artículo, se equiparan las Universidades públicas con las privadas. Demostrando así, que entre lo público y lo privado comienza a primar efectivamente lo privado. Los fondos públicos terminan siendo destinados a todas las instituciones “públicas” (en la ley se caracteriza así a las instituciones públicas y privadas), lo que legaliza el aporte económico a las universidades privadas, y se resignifica negativamente el concepto de público.

Sumado a esto, en el segundo artículo, el Estado se presenta como el responsable de la educación pública, pero omitiendo su carácter GRATUITO. Lo cual da cuenta de un explicito posicionamiento de parte del gobierno nacional en relación con el carácter de la educación.
Conjuntamente, la ley propone a las universidades formas adicionales, a los aportes del Tesoro nacional, de generación de recursos. Mas específicamente, mediante “la venta de bienes, productos o servicios”, o mediante “derechos o tasas por los servicios que presten” (art. 59, inciso c). Entendiendo con esto que se propone a las universidades que obtengan recursos a partir de la venta de su patrimonio material y su producción científica y tecnológica, y el cobro de aranceles a sus estudiantes. Así, los gestores de los órganos de gobierno de la universidad se relegan de la discusión acerca de los problemas en correspondencia a la falta de presupuesto que siguen digiriendo todas las universidades del país. Provocando que las universidades se desenvuelvan con una lógica lucrativa y no exclusivamente educativa como debería ser, asemejando el funcionamiento de estas a una empresa más que se desenvuelve en el mercado.
Esto pone en jaque el carácter auténticamente público de la universidad nacional, ya que aun cuando se declarara gratuita, esa gratuidad no se cumple en tanto no se implemente un sistema de becas estatal que garantice a todos la posibilidad de estudiar. La gratuidad no es real, si el estudiar le genera al estudiante un costo, traslado, materiales, etc.

La privatización de la educación superior también queda demostrada en el artículo 58, en donde el Estado se presenta como el responsable de asegurar el aporte financiero para el sostenimiento de la institución Universitaria, entendiéndose con esto, que el Estado sólo debe asegurar el funcionamiento de esta institución, y deja de ser el único que aporta los recursos necesarios para ese funcionamiento, abriendo el juego para la intervención de las empresas privadas.

La educación pasa de ser un derecho a ser sólo un servicio. De este modo, el estado la considera una mercancía favorable al desarrollo social, y esa pasa a ser la razón de que la fomente. Alejándose de la complejidad que implican el ejercicio del derecho a la educación y la responsabilidad del Estado de garantizarla. Reduciéndose a la lógica de mercado, donde el estudiante pasaría a ser un mero consumidor o usuario, y las instituciones educativas prestadoras de servicios (ver artículos nº 2, 13 d, y 16).

En el artículo 35, se establece que cada institución se reserva el derecho de admisión. Cada facultad puede establecer los criterios que le parezcan pertinentes para el ingreso de los estudiantes, resaltando así el carácter restrictivo de ese ingreso.
La autonomía académica e institucional de la Universidad queda “garantizada” en el artículo 29, pero la ley se contradice en el desarrollo de los incisos de ese mismo artículo: en el inciso a) las universidades nacionales pueden elaborar su propios estatutos, pero la tarea de aprobarlos o desaprobarlos queda sujeta al Ministerio de Cultura y Educación, además de que el ejecutivo estructura las temáticas que deben aparecer en los estatutos.
A partir de la creación de organizamos de control sobre las universidades nacionales como la CONEAU (Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria) se centralizan funciones académicas. El nuevo sistema de control se hace cargo de funciones –docencia, investigación, extensión y gestión institucional (art. 44)– que para las universidades nacionales eran atribuciones de sus Consejos Directivos y Superiores y algunas veces de las Asambleas, y el sector privado estaba regulado por el reconocimiento y autorización que le otorgaba el Ministerio de Educación de la Nación.
La CONEAU funciona bajo la jurisdicción del Ministerio de Educación y es la encargada de coordinar y realizar las evaluaciones externas, acreditar las carreras de las profesiones reguladas por el Estado y las carreras de posgrado y pronunciarse sobre el proyecto institucional de nuevas instituciones universitarias, tal como queda demostrado en el artículo 46. Esta comisión está integrada minoritariamente por docentes y mayoritariamente por burócratas y empresarios educativos. La CONEAU estaría integrada por 12 miembros, como se demuestra en el artículo 47 sólo el 25% de los miembros son designados por el sector universitario público, únicamente hay cuatro designados por las universidades, de los cuales, además, uno lo es de una universidad privada.
Retomando el artículo 58, donde se establece que el Estado debe asegurar el aporte financiero para el sostenimiento de las universidades nacionales, nos encontramos que los criterios de distribución estarían en relación con la “equidad y eficiencia”, utilizado como un juicio de evaluación. Es decir que se establecería, en relación con la asignación de fondos, un sistema de premios y castigos. El cual debe ser ampliamente repudiado, además de que significaría preguntarnos o preguntarles en función de que fines o argumentos consideran que una universidad nacional es eficiente. Respuesta que consideramos bastante obvia en función del desarrollo crítico de la ley que acabamos de presentar.
En términos más generales, se podría establecer que el transcurso de la década de los noventa, en el contexto de la actual reforma educativa se revela a través de los intentos por implementar cursos de ingreso, arancelamiento, en una normativa que busca reglamentar hasta los últimos resquicios de la institución, la concepción de la educación como una mercancía, la pérdida de definición de los ámbitos públicos y privados, el carácter excluyente-restrictivo del sistema, la pérdida de autonomía, entre otras. Consecuencias que se visualizan en las precarias condiciones edilicias de la mayoría de las universidades, los recortes que están realizando en las diferentes carreras para luego los estudiantes verse obligados a tener que ampliar los conocimientos a partir de posgrados pagos, lo que demuestra nuevamente el carácter restrictivo de las clases populares.
La orientación adoptada por el gobierno es más que clara, esta incluida dentro de los parámetros del modelo neoliberal, de modo que para ser consecuentes deben adaptar a la universidad pública a la lógica del la eficiencia y del ajuste, manifestándose al interior de la educación superior las características de fragmentación y exclusión propias del modelo, principalmente la exclusión de las clases populares y oprimidas que hasta hoy sufren las consecuencias de este modelo, y siguen siendo ampliamente excluidas de la educación publica y del resto de los espacios de la sociedad.
La imposición de un nuevo paradigma en el escenario educativo -en el que se intenta aplicar la lógica del modelo neoliberal que convierte la educación en mercancía - reduce los ámbitos de reflexión y de ejercicio del pensamiento crítico desarticulando aquellos espacios, como el de la universidad pública, que podrían hacer frente a prácticas políticas excluyentes y profundizadoras de las desigualdades sociales.
Convirtieron a la educación pública en una empresa de servicios ligada a los intereses más concentrados. Creemos necesario reinstalar en la sociedad la premisa de que el acceso al conocimiento es uno de los derechos sociales. Para esto debemos empezar repudiando, rechazando la ley y tomando postura por la ANULACION de la LES.
La única salida que consideramos viable es la lucha, haciendo frente al gobierno de la universidad que es cómplice del gobierno nacional. Quienes siguen poniendo trabas a las luchas de los estudiantes, docentes y no docentes. Es necesario que nos unamos a los trabajadores de nuestra universidad, docentes y no docentes, para unificar nuestros reclamos y luchas y buscar una salida en común. Como también unirnos en las luchas con todos los trabajadores, más allá del ámbito universitario.
Proponemos una Universidad que este al servicio de las necesidades del pueblo, de las grandes mayorías, las clases populares y oprimidas, que hoy son ampliamente excluidas.